El objeto del presente contrato es la cesión del derecho de uso del software (en adelante, "la Plataforma" o "el SaaS") propiedad del Proveedor a favor de la empresa cliente (en adelante, "la Empresa Organizadora").
La Plataforma se proporciona exclusivamente como una herramienta tecnológica (Software as a Service) para la gestión digital y resolución automatizada de asignaciones y sorteos. El Proveedor actúa única y exclusivamente como proveedor de infraestructura tecnológica, no teniendo la condición de organizador, promotor, ni patrocinador de los sorteos que la Empresa Organizadora configure y ejecute a través del software.
El uso de la Plataforma está estrictamente limitado a la gestión de combinaciones aleatorias con fines publicitarios o promocionales, tal y como se definen en el artículo 3.i) de la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego.
"Queda terminantemente prohibido que la Empresa Organizadora cobre, directa o indirectamente, cualquier cantidad de dinero a los usuarios finales (cazadores) por el acceso o la participación en los sorteos. La participación en el sorteo debe ser siempre una contraprestación gratuita vinculada al consumo de un producto o servicio ordinario de la Empresa Organizadora (ej. la compra de un puesto de montería a su precio de mercado habitual), sin sobreprecio ni tarificación adicional alguna."
Cualquier intento de venta de participaciones, "papeletas", o el incremento del precio de los servicios ordinarios para cubrir el coste del sorteo supondrá una infracción de la normativa de juego y la transformación de la actividad en una rifa ilegal.
El incumplimiento de esta cláusula facultará al Proveedor para la suspensión inmediata y cancelación de la cuenta de la Empresa Organizadora, reservándose el derecho a reclamar los daños y perjuicios pertinentes.
La Empresa Organizadora asume la figura legal de único organizador y promotor del sorteo frente a los participantes y frente a las Administraciones Públicas. En consecuencia, la Empresa Organizadora es la única responsable de:
El Proveedor facilita una integración automatizada mediante API con servicios de certificación de terceros (como Random.org) para extraer el resultado de forma aleatoria, transparente y auditable. El Proveedor no manipula, interviene ni tiene capacidad para alterar el resultado arrojado por dicho algoritmo. La Empresa Organizadora se compromete a reflejar este método de resolución en sus Bases Legales.
La Empresa Organizadora garantiza que los datos personales de los participantes introducidos en la Plataforma han sido recabados de forma lícita y cuenta con la base legitimadora necesaria para tratarlos. A efectos de la normativa de protección de datos, la Empresa Organizadora actúa como "Responsable del Tratamiento" y el Proveedor actúa como "Encargado del Tratamiento", rigiéndose esta relación por el Acuerdo de Encargo de Tratamiento (DPA) aceptado en el momento del registro.
La Empresa Organizadora exime expresamente al Proveedor de cualquier responsabilidad, sanción, multa (incluyendo las impuestas por la Dirección General de Ordenación del Juego), reclamación de participantes, pérdida de beneficios o daños derivados de: